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Cártel de Camiones: todavía hay plazo para reclamar

Por 14 marzo, 2018abril 6th, 2018Mercantil
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Los afectados por el cártel deben dirigir una reclamación extrajudicial para no perder derechos

En el año 2011, en el seno de la Unión Europea comenzó a llevarse a cabo una investigación acerca de supuestos acuerdos de los fabricantes de camiones SCANIA, MAN, DAIMLER, IVECO, VOLVO/RENAULT, Y DAF sobre fijación y aumento de precios brutos de camiones con peso igual o superior a 6 toneladas, así como para retrasar el calendario y la repercusión de los costes de introducción de nuevas tecnologías de emisiones en esos vehículos.

Como consecuencia de dichas investigaciones, el día 6 de abril de 2017 la Comisión Europea publicó oficialmente una Decisión ultimando que, durante las fechas comprendidas entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011, los citados fabricantes llevaron a cabo las conductas infractoras investigadas. Apreciándose, por tanto, la existencia de un cártel de fijación de precios, por cuya participación se les impusieron multas millonarias.

Reclamar antes del 6 de abril para no perder derechos

Abierta la vía para que los afectados por el cártel de camiones puedan reclamar las indemnizaciones correspondientes a los perjuicios sufridos por los sobrecostes repercutidos en los precios de adquisición de los vehículos y sus intereses, cabe preguntarse si existe un plazo límite para reclamar y, en caso afirmativo, cuándo finaliza ese plazo.

En España, el Código civil establece que aquellas personas que causen daño a otros, interviniendo culpa o negligencia, están obligadas a reparar el daño causado.

Y para exigir esa reparación, el mismo Código Civil establecía que el perjudicado disponía 1 año para ejercitar las acciones judiciales correspondientes, que comenzaría a contar desde que el perjudicado tuvo conocimiento de la infracción.

Por ello se aconseja que, si no se ha hecho ya, se formule la reclamación pertinente a los fabricantes antes del transcurso del año, es decir, antes del 6 de abril de este año en curso.

La responsabilidad solidaria plena de los fabricantes

En cuanto a cómo responden los fabricantes frente a los adquirentes de los camiones es importante señalar que una directiva europea ha introducido la figura de la «solidaridad plena», a través de la cual se permitiría realizar una sola reclamación a uno solo de los fabricantes integrantes del cártel pese a que se hubieran adquirido camiones de varios fabricantes, y después, el fabricante demandado, repercutiría la reclamación al resto de fabricantes implicados.