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Otra sentencia que declara la responsabilidad penal de la empresa…

Por 26 noviembre, 2017noviembre 30th, 2017Penal
responsabilidad penal empresa

En este caso, la empresa es sancionada con multa de 520.000 euros.

En los últimos meses nos estamos haciendo eco de sentencias dictadas por los Tribunales que declaran la responsabilidad de la empresa y la sancionan por delitos cometidos por sus trabajadores o administradores.

Como venimos repitiendo, las sanciones, en función de la gravedad del delito, van desde multas y pérdidas de subvenciones y ayudas públicas, hasta suspensión temporal de actividades, clausulara de locales y, en casos extremos, disolución, liquidación y cierre de la empresa

Administrador condenado a prisión y la empresa multada con 520.000 euros

En este caso, una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia condena a la empresa por un delito fiscal cometido por su representante legal.

El administrador de la entidad es condenado, como autor material de 6 delitos contra la Hacienda Pública (3 por IVA y 3 por impuesto de sociedades), a 2 años de prisión, una multa de más de millón y medio de euros y a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a obtener beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

La empresa, por su parte, es condenada a abonar una multa de 520.000 € y pierde la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y el derecho a obtener beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

Un plan de prevención hubiera evitado la condena…

La base de la condena a la empresa es la ausencia de una política de prevención de delitos. Dicho de otro modo, la empresa quedará liberada de responsabilidad si previamente a la comisión del delito ha desarrollado e implantado eficazmente un programa de prevención de delitos.

Si, en este supuesto, la empresa hubiera desarrollado un programa de prevención de delitos podría haber evitado la importantísima sanción impuesta.

Recordemos que un modelo de prevención de delitos debe tener los siguientes objetivos:

  • Prevenir la comisión de delitos en la empresa.
  • Evitar la responsabilidad penal de la empresa por delitos cometidos por sus representantes legales, directivos o trabajadores.
  • Sensibilizar y formar en riesgos penales a los directivos y trabajadores de la empresa contribuyendo a prevenir la comisión de delitos.
  • Favorecer y promocionar prácticas lícitas, transparentes y éticas favoreciendo la imagen externa de la empresa.

La elaboración del programa de prevención de delitos debe partir de un adecuado análisis previo y un correcto asesoramiento jurídico por parte de un especialista para su desarrollo y posterior implantación, que se llevará a cabo en diferentes fases.