
Con la llegada de Halloween, el uso de disfraces infantiles se dispara, y es fundamental que tanto los fabricantes como los padres presten atención a las normativas vigentes para garantizar la seguridad, sobre todo de los más pequeños. Además, es importante conocer las implicaciones legales cuando se opta por disfraces que imiten uniformes oficiales, como los de la Policía o Guardia Civil. En este artículo te informamos sobre los aspectos legales y de seguridad que debes tener en cuenta.
Seguridad para halloween: Normativa de seguridad de juguetes para disfraces infantiles
Los disfraces infantiles deben cumplir con la legislación vigente en materia de seguridad de juguetes. Al estar destinados a menores de 14 años, estos productos se consideran juguetes y, como tales, deben cumplir con la normativa de la Unión Europea (UE).
- El marcado CE, que asegura que el producto cumple con las normas de seguridad europeas.
- Advertencias en castellano sobre su uso adecuado.
- Información completa sobre el fabricante o el importador, incluida su dirección.
Además, los disfraces diseñados para mayores de 3 años deben llevar una advertencia específica que indique que no son aptos para menores de 36 meses, en función de los riesgos asociados, como piezas pequeñas o cuerdas.
Peligros asociados y recomendaciones
El uso de cordones en disfraces, especialmente en las zonas del cuello y la cabeza, han sido responsables de numerosos accidentes, lo que por ejemplo ha motivado la prohibición de cuerdas decorativas en prendas destinadas a niños menores de siete años. Por otro lado, los accesorios como pelucas, máscaras o maquillajes deben cumplir con los requisitos de inflamabilidad establecidos por la normativa, y estar elaborados con productos que eviten daños en la piel por contacto con materiales tóxicos o alérgenos. Es crucial verificar que las máscaras cuenten con orificios de ventilación adecuados para evitar riesgos de asfixia.
Disfraces que imitan uniformes oficiales: cuestiones legales
En cuanto a los disfraces que imitan uniformes de cuerpos oficiales (como la Policía o la Guardia Civil), es importante recordar que disfrazarse de estos profesionales es legal, siempre y cuando no se proceda a la realización ilegitima de actos propios de una autoridad o funcionario público, atribuyéndose carácter oficiale, lo que provoca la comisión de un delito de usurpación de funciones. Esto solo ocurre si el disfraz es una réplica exacta o de forma tal que induzca a error a cualquiera a pensar que se trata de un uniforme real, ya que podría inducir a error y conllevar sanciones, incluso penales (Sentencia del tribunal Supremo, Sala de lo Penal, de 18 de diciembre de 2002 y 9 de mayo de 2005).
El Código Penal sanciona a aquellos que, al utilizar uniformes o insignias oficiales, simulan tener autoridad o atribuciones que no les corresponden, pues castiga como autor de delito a quien use pública e indebidamente uniforme, traje o insignia sin estar autorizado, delito requiere que el autor actúe con dolo y que el uso sea público, lo que implica que la exhibición de tales atributos puede inducir a error sobre la condición de quien los porta, excluyendo situaciones donde no se genera confusión sobre la autoridad o función del usuario.
Si una persona vestida de esta manera intenta, por ejemplo, detener a alguien o solicitar documentación, puede incurrir en un delito de usurpación de funciones, con penas que podrían incluir prisión. Esto también aplica a disfraces de bomberos, personal médico o cualquier tipo de acción que suplante la identidad y pueda causar un problema de seguridad al generar engaño acerca de la condición de quien los usa.
Además, el uso de imitaciones de armas que se asemejen a las reales está regulado por el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993). La tenencia de réplicas simuladas de armas reales está prohibida y puede acarrear consecuencias legales severas, ya que su posesión sin las licencias necesarias se considera un delito de peligro (Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, de 7 de junio de 2017), por lo que llevar en público una réplica que pueda confundirse con un arma real puede resultar en sanciones administrativos o penales además de la confiscación de la réplica.
Por tanto, es vital que tanto los padres como los adultos que usen disfraces para Halloween presten especial atención a las normativas de seguridad y legales a la hora de su adquisición. En el caso de los disfraces, sobre todo los infantiles, la prioridad debe ser siempre la seguridad, verificando que el producto cumpla con las normativas de la UE y evitando accesorios peligrosos y materiales o productos tóxicos. Por otro lado, si se opta por disfraces que imitan uniformes oficiales, se debe tener cuidado de no caer en un uso que induzca a engaño ni usurpación de funciones, así como especial cuidado en no infringir la normativa sobre la tenencia y uso de réplicas de armas.
Para poder hacer valer los derechos que como consumidores nos asisten, se debe optar por la adquisición de los artículos solo en aquellos establecimientos que garanticen una información correcta y adecuada, así como los productos correctamente etiquetados.
Para más información sobre las normativas aplicables o si necesitas asesoramiento legal, no dudes en contactar con Sánchez Garrido Abogados y Asesores.