En la actualidad, es casi imposible evitar encontrarse con bulos o fake news, ya que la propagación de noticias falsas en internet y redes sociales ha crecido exponencialmente. No solo generan confusión entre los usuarios, sino que también pueden llegar a poner en riesgo la seguridad y el bienestar de la sociedad. Esto plantea una cuestión importante: ¿es ilegal difundir bulos en internet en España?
En este artículo, exploramos el tratamiento penal de la desinformación en el ordenamiento jurídico español, basado en las directrices de la Fiscalía General del Estado.
El impacto de las noticias falsas en la sociedad
La desinformación puede tener consecuencias graves, especialmente en situaciones de crisis, como ocurrió durante la pandemia o durante estos últimos días con las inundaciones por la DANA en Valencia.
El término bulo está definido en la RAE como “noticia falsa propalada con algún fin”. ¿Qué ocasionan? Pueden generar alarma social, influir en decisiones políticas, dañar la reputación de individuos o colectivos, y, en algunos casos, ser utilizados para cometer fraudes.
Entonces, ¿es ilegal difundir bulos en internet en España?
Según la Fiscalía General del Estado, no todos los bulos o fake news son iguales; su relevancia penal dependerá del contenido y de la intención con la que se difundan. En este sentido, diversas conductas pueden ser constitutivas de delito según el Código Penal español.
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Delitos de odio (art. 510 CP)
Los bulos que promuevan el odio o discriminen a colectivos específicos pueden encuadrarse en el delito de odio, castigado con pena de prisión de 6 meses a 4 y multa. Un ejemplo reciente es la publicación en redes sociales de mensajes que atribuyen de forma falsa delitos a colectivos vulnerables, como los Menores Extranjeros No Acompañados (MENAS).
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Descubrimiento y revelación de secretos (art. 197 CP)
Si la desinformación incluye la divulgación de datos personales auténticos sin el consentimiento del afectado podría, además, constituir un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Este delito se castiga con penas de 2 a 5 años de prisión, especialmente a tratarse de una conducta agravada la difusión masiva a través de internet.
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Delito contra la integridad moral (art. 173.1 CP)
En casos extremos, donde las noticias falsas causen un daño grave a la dignidad de una persona, pueden ser constitutivas de un delito contra la integridad moral. Este tipo penal se aplica cuando se pretende humillar o menospreciar a una persona, con penas de prisión de 6 meses a 2 años.
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Desórdenes públicos (arts. 561 y 562 CP)
La difusión de bulos o fake news que genere alarma social, por ejemplo, falsos informes sobre ataques terroristas o catástrofes que puedan conllevar delitos de desórdenes públicos. Estas conductas se castigan con penas de prisión de 3 meses y 1 día a 1 año y multa.
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Injurias y calumnias (arts. 206 y 209 CP)
Cuando los bulos afectan la reputación de una persona, insultándola gravemente o atribuyéndole falsamente la comisión de un delito, se puede incurrir en los delitos de injurias o calumnias. Las injurias con publicidad conllevan multas de 6 a 14 meses, mientras que las calumnias con publicidad pueden castigarse con penas de prisión de 6 meses a 2 años o multas de 12 a 24 meses.
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Delitos contra la salud pública y estafas (arts. 248 y 359 CP)
Durante la pandemia de COVID-19, proliferaron bulos sobre métodos curativos sin base científica o claramente ineficaces. En estos casos, podría considerarse un delito contra la salud pública o, si está vinculado a un negocio y beneficio, con penas de prisión de 6 meses a 3 años, e incluso podría constituir un delito de estafa. Esta conducta podría constituir también el delito de intrusismo del art. 403 CP, más grave, además, si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título.
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Delitos contra el mercado y los consumidores (art. 282 CP)
Las noticias falsas que afecten a la confianza en los mercados financieros o engañen a los consumidores sobre las características de productos pueden ser constitutivas de delitos contra el mercado y los consumidores, castigado con penas de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses. La ley castiga a quienes difundan rumores o información engañosa para manipular precios o tomar ventaja económica.
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Responsabilidad civil
La comisión de alguno de estos delitos no solo conlleva las penas de prisión o multa que les asigna el Código Penal, sino que, además, pueden conllevar la condena a hacer frente a la responsabilidad civil derivada del delito, en forma de pago de indemnizaciones dinerarias y rectificaciones públicas, así como, aun no siendo conductas constitutivas de delito, enfrentar una demanda civil en reclamación de indemnización por los daños y perjuicios sufridos en protección del Derecho Fundamental al Honor, la Intimidad y la Propia Imagen, e incluso, cuantiosas sanciones administrativas.
La línea entre la libertad de expresión y la ilegalidad
Es fundamental recordar que la libertad de expresión es un derecho protegido por la Constitución Española. No obstante, este derecho no ampara la difusión de informaciones falsas que puedan causar un daño a terceros. La leyes penales, civiles y administrativas españolas contemplan penas, pago de indemnizaciones y sanciones para aquellos que, intencionadamente, propaguen bulos que lesionen bienes jurídicos protegidos, como el honor, la seguridad pública o la salud.
Ante esta situación donde la información fluye con rapidez, los ciudadanos tienen la responsabilidad de verificar la veracidad de lo que comparten, así como informarse siempre de fuentes oficiales o claramente fiables y, ante la duda o la recepción de un contenido claramente ilegal, no compartir nunca. Por su parte, las autoridades están cada vez más comprometidas en la persecución de estas conductas para proteger a la sociedad de los efectos nocivos de la desinformación.
En Sánchez Garrido Abogados y Asesores, comprendemos la importancia de proteger tus derechos en un entorno digital cada vez más complejo. Si crees que has sido víctima de la difusión de un bulo o fake new que ha afectado tus derechos, contáctanos en Sánchez Garrido. Te asesoramos y brindamos todos los recursos necesarios para tu caso.