Se trata de aquello delitos que atentan contra el patrimonio que forman las personas físicas y personas jurídicas, entendiéndose éste por el conjunto de bienes y derechos como la propiedad, posesión, etc.

La totalidad de ellos puede ser valorado de forma económica, con lo que las principales acciones que se pueden llevar a cabo contra el patrimonio son:

  • Hurto: Consiste en apoderarse de un bien ajeno con ánimo de lucro, sin tener que mediar la fuerza o la intimidación para ello, y las penas por dicho delito varía en función de la cantidad sustraída, si el bien posee valor artístico, científico, histórico o cultural, si se trata de un bien de primera necesidad, si al cometerse se deja a la víctima en una situación económica desfavorablemente grave, o si se utilizan menores de 14 para ello.
  • Robo con Fuerza en las Cosas: Implica el uso de la fuerza o la intimidación en las personas para apoderarse de un bien ajeno con ánimo de lucro. Si el autor del robo perpetra éste dentro de una casa habitada, se vale de armas u objetos peligrosos, esto se considerará un agravante.
  • Estafa: Consiste en apoderarse de un bien ajeno con ánimo de lucro, haciéndose valer el autor del delito de un engaño suficiente como para confundir a la víctima, conduciéndola a realizar un acto de disposición en su propio perjuicio o el ajeno. Ha de existir un vínculo causal entre el engaño el acto de disposición para que se tipifique el acto como estafa. Las penas también varían por la cuantía del bien sustraído, al igual que si sustraen bienes de primera necesidad, si se produce abuso de firma, si el bien posee valor artístico, científico, histórico o cultural, si al cometerse se deja a la víctima en una situación económica desfavorablemente grave o si se ha utilizado el vínculo personal para llevar a cabo el delito.
  • Daños: En contraposición a los casos anteriores, no precisa ánimo de lucro. Consiste en destruir, estropear o dejar inservible un bien mueble o inmueble. Las penas se agravarán dependiendo de la cuantía del daño causado, cuando se impida el ejercicio de la autoridad, cuando se afecte a bienes públicos, etc.