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Aprobado por el Consejo de Ministros un decreto para mitigar los perjuicios del coronavirus en el alquiler

Aprobado el decreto con las nuevas ayudas para el alquiler

Las nuevas medidas de ayudas al alquiler, aprobadas el 31 de marzo de 2020, contemplan la protección a los inquilinos afectados por la crisis provocada por el COVID19. Además de la prórroga de los contratos de alquiler de forma automática, la quita del 50% del alquiler hasta un máximo de 4 meses, créditos a interés cero y la paralización de los desahucios, también se facilita una moratoria en el pago del alquiler a los arrendadores, siendo objeto de acuerdo entre las dos partes. En caso de ser pequeños tenedores y no llegar al acuerdo, el gobierno ofrece a los ciudadanos la posibilidad de solicitar ayudas del Estado y préstamos sin intereses, extendiendo el plazo de las solicitudes durante un mes desde la entrada en vigor del decreto.

Las nuevas ayudas al alquiler establecidas durante el Estado de Alarma, amparan a los desempleados y a los trabajadores afectados por un ERTE o a los autónomos que han visto reducida su facturación. Este nuevo decreto se ha establecido para suavizar los daños de la pandemia del COVID19 provocados sobre los ciudadanos, además de moderar las consecuencias de la crisis en el alquiler.

Para los arrendadores grandes tenedores con más de 10 viviendas o fondos de inversión, tendrán que elegir entre aplicar la quita del 50% del importe del alquiler durante 4 meses, o conceder la reestructuración del pago de las mensualidades; resultando ser una moratoria de 4 meses en el pago del alquiler y pudiendo ser abonada en 3 años.

Los pequeños arrendadores, que podrán rechazar el acuerdo entre propietario e inquilino u ofrecer otras opciones con un plazo de 7 días para comunicar la decisión tomada, beneficiándose este ultimo de la posibilidad de solicitar prestamos sin ningún tipo de interés.

Los créditos anunciados por el Gobierno, vinculados al Instituto de Crédito Oficial, ayudarán a los inquilinos vulnerables a solicitar un crédito sin intereses que comprende un rango de devolución de hasta 10 años. Estas medidas serán incluidas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, enfrentándose a las graves dificultades económicas que se contemplan en los hogares españoles dada su situación agravada por la crisis del COVID19.

Los hogares que no se hayan recuperado de esta crisis económica y sanitaria, estarán protegidos por este «Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual».

Para medir los parámetros establecidos en estas nuevas medidas, se valorarán las consecuencias del COVID19 que afecten a la facturación haciendo que sus ingresos no superen tres veces el IPREM mensual (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), incrementándose también los márgenes si en la unidad familiar existen hijos a cargo, personas mayores de 65 años o personas dependientes. Otro de los valores utilizados será que el alquiler sea igual al 35% o supere los ingresos netos de la unidad familiar.

Los autónomos y empresarios que se encuentren en situación de vulnerabilidad para afrontar el pago de sus letras hipotecarias, optarán por una moratoria en la hipoteca de oficinas y/o locales comerciales, estipuladas por el Gobierno en el paquete de medidas anunciadas el 17 de marzo de 2020 para vivienda habitual y ampliadas ahora para la renta de espacios profesionales.