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Estado actual de las reclamaciones por el conocido “Cártel de Camiones”

Por 14 septiembre, 2022Administrativo
Estado actual de las reclamaciones por el conocido “Cártel de Camiones”

Recordemos, como antecedentes, que el pasado 6 de abril de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el resumen de la Decisión de la  Comisión Europea por la que declaraba que varios fabricantes de camiones, entre los que se encontraban Volvo, Renault, Man, Iveco, Daimler y DAF Trucks, infringieron el art. 101 del TFUE y el art. 53 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de 2 de mayo de 1992. Los motivos de la infracción eran, por un lado, la fijación de precios y los incrementos de los precios brutos de los camiones con un peso de entre 6 y 16 toneladas – camiones medios – o con un peso superior a 16 toneladas – camiones pesados – en el Espacio Económico Europeo. Y, por otro lado, el calendario y la repercusión de los costes para la introducción de las tecnologías de emisiones exigida por las normas Euro 3 a Euro 6.

Pues bien, el pasado 22 de junio de 2022 conocimos la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que resolvía una cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de León. La resolución determinaba las siguientes cuestiones relevantes de cara a los procedimientos instados contra los distintos fabricantes de camiones.

  1. Determina el TJUE que el plazo de prescripción para ejercitar la acción de reclamación es de cinco años, por lo que es de plena aplicación el plazo contenido en la conocida Directiva de Daños.
  2. Cabe que los distintos Tribunales de un Estado miembro puedan pronunciarse en su resolución del caso acudiendo a la figura denominada estimación judicial del daño. De tal modo que, ante un mínimo esfuerzo probatorio y, si la prueba pericial no fuera suficiente para la cuantificación del daño, puedan establecer un porcentaje como indemnización conforme a su propio criterio.

El papel de Sánchez Garrido Abogados en el «Cártel de Camiones»

Como es bien conocido, en Sánchez Garrido Abogados representamos los intereses de numerosas personas y empresarios afectados por las consecuencias del cártel de camiones desde la publicación de la decisión de la Comisión el año 2017. Contamos  en nuestro haber con un importante número de Sentencias que han estimado la reclamación efectuada, condenando además al abono de los intereses desde la fecha de adquisición de los vehículos afectados, así como costas del procedimiento.

El porcentaje medio obtenido por nuestros clientes alcanza el 19,38 % de sobrecoste sobre el precio de adquisición de los camiones medios y pesados. Por ello, se puede afirmar que es todo un éxito frente a los fabricantes sancionados por la Comisión Europea.

No obstante, los fabricantes han recurrido y continúan recurriendo de forma sistemática todas estas resoluciones favorables a nuestros clientes ante los Tribunales competentes. Mantienen la esperanza de ver revertidas en sede de apelación las resoluciones que una tras otra vienen dando la razón a los afectados. De tal forma se reconoce el daño sufrido de forma efectiva por las ilícitas prácticas anticompetitivas llevadas a cabo por las distintas marcas de fabricantes de camiones, y las condenas que como consecuencia se les imponen en orden a resarcir a los afectados el daño infligido en un evidente enriquecimiento injusto de dichos fabricantes.

En Sánchez Garrido Abogados seguiremos defendiendo los intereses encomendados por nuestros clientes en defensa de sus legítimos derechos, y quedamos como siempre a su disposición a los efectos de precisar o ampliar la anterior información.

M.ª Teresa Fernández Abad
Abogada