La Audiencia Provincial de Las Palmas confirmó la condena de dos personas por un delito de contrabando a penas de tres años prisión y a una multa a la empresa, a través de la cual actuaban, de más de ocho millones de euros.
Esta sentencia que comentamos se suma a aquellas anteriores que, por diferentes supuestos, declaran la responsabilidad penal de la empresa en delitos cometidos por sus trabajadores, directivos o representantes legales, por no haber implantado un sistema eficaz de prevención de delitos.
Podía haberse evitado…
Aquella empresa que implante un programa de prevención de delitos, detecte sus riesgos penales y adopte medidas eficaces para que no se cometan, evitará su responsabilidad penal.
De tal forma que en estos casos en que, a pesar de la implantación de este sistema, se cometa un delito que no haya podido evitarse, la responsabilidad penal quedará en el autor, y no salpicará a la empresa.
El programa de prevención de delitos de la empresa en definitiva consiste en implantar sistemas de control destinados al cumplimiento de la Ley y a prevenir delitos. Si se cuenta con un sistema de esas características la empresa puede ser eximida de responsabilidad penal en caso de problemas futuros. De lo contrario, será sancionada con la imposición de multas, inhabilitaciones, pérdidas de subvenciones o incluso con el cese y liquidación.
Otras ventajas adicionales
Para aquellas empresas que contraten con la Administración, contar con un programa de prevención de delitos puede ser un plus.
Pero es más, aquellas empresas que se implen en esta cuestión, ganarán en prestigio, imagen externa y reputación, afectando de forma positiva en el clima de la empresa y sus trabajadores.